Derecho de inviolabilidad del domicilio en estado de emergencia sanitaria San Martín-Tarapoto
DOI:
https://doi.org/10.51252/rcri.v1i1.155Abstract
Objetivo: Este artículo, examina y discute sobre la vulneración al derecho fundamental de la Inviolabilidad del Domicilio durante el estado de emergencia sanitaria, en que viene incurriendo por parte de las Fuerzas del Orden en su afán de controlar el cumplimiento del Estado de Emergencia Sanitaria decretado por el Gobierno con motivo de la pandemia COVID 19 que viene afectando gravemente la salud y vida de la Nación, medida adoptada al amparo del artículo 137 inciso 1 de la Constitución Política del Perú. El control del cumplimiento de la ley en este estado excepcional, debe desenvolverse en el marco de las disposiciones de la Constitución, es decir, se trata de un poder controlado, y que se desarrolla en el marco de una racionalidad jurídica cuyos principales aspectos la doctrina señala: (i) Las atribuciones extraordinarias deben ejercerse en el marco de la ley formal (principio de legalidad); (ii) Imposibilidad de reformar la Constitución; (iii) La finalidad suprema de las medidas excepcionales debe ser la defensa de los derechos humanos; (iv) Aplicación del principio de proporcionalidad y razonabilidad de las medidas que se decretan.
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