Rev. Cient. Ratio. Iure. 3(2), e542, doi: 10.51252/rcri.v3i2.542
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Jul-Dic, 2023
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e-ISSN: 2810-8159
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El nivel de acceso al derecho a la educación de las clases no
presenciales en instituciones educativas peruanas
The level of access to the right to education of non-presential classes in Peruvian
educational institutions
Valles-López, Isabel1*
1 Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, Universidad Nacional de San Martín, Tarapoto, Perú
Recibido: 03 Abr. 2023 | Aceptado: 17 May. 2023 | Publicado: 10 Jul. 2023
Autor de correspondencia*: isabelvallesl@alumno.unsm.edu.pe
mo citar este artículo: Valles-López, I. (2023). El nivel de acceso al derecho a la educación de las clases no presenciales en
instituciones educativas peruanas. Revista Científica Ratio Iure, 3(2), e542. https://doi.org/10.51252/rcri.v3i2.542
RESUMEN
Siendo el derecho a la educación una condición consagrada en la Constitución Política y los convenios
internacionales, su vulneración en los tiempos de la COVID-19 ha hecho que se agrave las condiciones en los que
se desarrollaba la educación antes de la pandemia, condición que justificó analizar los factores que participan,
teniendo como objetivo determinar el nivel de acceso al derecho a la educación de las clases no presenciales en
las instituciones de educación primaria de la ciudad de Tarapoto, Perú. La investigación fue del tipo aplicada,
nivel descriptivo, diseño no experimental, población y muestra de 28 instituciones educativas de nivel primario,
la técnica fue la encuesta y el cuestionario como instrumento. Los resultados indican que, las instituciones
educativas utilizaron diferentes estrategias educativas, en las que se registra lo siguiente: el 100% de la
estrategia utilizada fue en formatos virtuales, el 4% utilizó medios masivos, el 17,9% utilizó medios impresos y
en ningún caso fue la semi presencial, estrategia cara a cara o cualquier otra estrategia utilizada. En conclusión,
el acceso al derecho a la educación en clases no presenciales en instituciones educativas de nivel primario fue
deficiente, confirmando la hipótesis de investigación.
Palabras clave: alumnos; aprendizaje; enseñanza; escuela; profesores
ABSTRACT
Being the right to education a condition enshrined in the Political Constitution and international conventions, its
violation in the times of COVID-19 has worsened the conditions in which education was developed before the
pandemic, a condition that justified analyzing the factors involved, aiming to determine the level of access to the
right to education of non-presential classes in primary education institutions in the city of Tarapoto, Peru. The
research was of the applied type, descriptive level, non-experimental design, population, and sample of 28
primary level educational institutions, the technique was the survey and the questionnaire as an instrument. The
results indicate that the educational institutions used different educational strategies, in which the following is
recorded: 100% of the strategy used was in virtual formats, 4% used mass media, 17.9% used printed media and
in no case was the semi face-to-face, face-to-face strategy or any other strategy used. In conclusion, access to the
right to education in non-face-to-face classes in primary level educational institutions was deficient, confirming
the research hypothesis.
Keywords: students; learning; teaching; school; teachers
Valles-López, I.
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1. INTRODUCCIÓN
La pandemia de la COVID - 19 ha ocasionado una crisis en la totalidad de los ámbitos del quehacer de los
ciudadanos, y en el campo de la educación, ha motivado el cierre masivo de las actividades educativas de
forma presencial, el mismo que según la CEPAL-UNESCO (2021), ha ocurrido en poco más de 190 naciones
con el fin de eludir que se propague el virus y aminorar su impacto, habiendo implementado como
estrategia la educación virtual, lo que ha evidenciado con mucha relevancia las brechas enormes en los
resultados de la educación, como son la inequitativa distribución de los profesores entre lo rural y urbano,
carencia de plataformas virtuales adecuadas, brechas de acceso a internet y no contar con computadores o
tablets los alumnos y profesores para las clases.
Esta condición en el ámbito latinoamericano no ha sido la excepción, por ello los países han implementado
diferentes medidas para que se garantice el acceso a la educación en estos tiempos de la pandemia, así
Álvarez-Pérez & López-Aguilar (2020), indica que, en Colombia el “Plan Colombia Aprende” sustenta su
propuesta en garantizar que se continúe con los aprendizajes y el impacto en la currículo, los
requerimientos de apoyo a directivos y profesores de las escuelas, la priorización de grupos vulnerables, y
el impacto socio emocional y psicológico en la comunidad educativa; sin embargo las primeras estadísticas
se estima que aproximadamente el 8% de los estudiantes han desertado y que 72% no logrará los
indicadores del aprendizaje para el nivel educativo en la educación sica, y Gutierrez-Moreno (2020)
adiciona que las rúbricas de lecto escritura y de lógico matemática son las menor nivel de cumplimiento
logra, el que no supera el 12%.
En el caso específico peruano, luego que el Ministerio de Salud declara la emergencia sanitaria, en otras
normas el Ministerio de Educación dictó el Decreto Supremo 094-2020-PCM. (2020), que aprueba las
normativas vinculadas a dar aseguramiento para que los servicios educacionales remoto o no presencial
para el año 2020, sin embargo el IPE (2021) indica que el programa “Aprendo en Casa” del MINEDU tiene
la limitante que solo el 39% de las familias accede a internet directamente desde su domicilio y en zonas
rurales es de sólo 5% y se estima que aproximadamente el 96% de los niños de las zonas rurales del país
no cumplirán con las rúbricas educativas y el nivel de aprendizaje esperado para su grado; y en el ámbito
urbano se estima que esto será del 85% y para Gómez-Arteta & Escobar-Mamani (2021) indican que se ha
convertido la educación en derecho privilegiado sólo para aquellos con condiciones económicas,
tecnológicas y sociales favorables, abriendo mucho más las brechas sociales y las inequidades educativas.
Siendo el derecho a la educación una condición consagrada en la Constitución Política y los convenios
internacionales, su vulneración en los tiempos de la COVID - 19 , lo que ha hecho es agravar las condiciones
en los que se desarrollaba la educación antes de ella, así por ejemplo no se ha podido a la fecha dotar de las
herramientas tecnológicas a los alumnos como es la provisión de tablets y acceso a internet, además que
los programas de capacitación y orientación docente para la práctica educativa virtual han sido muy
escasas, no siendo una limitante el factor presupuestal, sino más bien el nivel de gestión de las autoridades,
lo que agravará mucho más los niveles de aprendizaje sobre todo en las competencias básicas de lector
escritura y lógico matemática, elementos que mide la prueba PISA.
Ante la emergencia al darse prioridad a la salud, la educación pasó a ser un derecho de segundo orden, que
se implementaron como dinámicas simples para hacer frente la coyuntura mediante el aprendizaje remoto,
pue así lo exigía la realidad (Cevallos Uve et al., 2021), donde las técnicas educativas tuvieron que
improvisarse, evidenciándose las brechas digitales tanto de docentes como estudiantes (Ortega Murga et
al., 2021), donde para muchas escuelas en especial en zonas rurales el único medio disponible fue la radio
o el celular, y donde había conexión a internet, por razones de economía los alumnos no tenían acceso a
este medio (Canales Reyes & Silva Quiróz, 2020), y desde la perspectiva de Cueva Gaibor (2020) la principal
limitante de esta nueva modalidad de aprendizaje fue y sigue siendo la conectividad, y cuando este existe
la disponibilidad de equipos para acceder al servicio, teniendo muchas veces que los alumnos en casa
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compartir con otros miembros estos equipos, disminuyendo así las horas efectivas para poder desarrollar
las sesiones de aprendizaje.
En los resultados de investigaciones tenemos que el acceso a la educación ha sido un desafío para muchos
en medio de la pandemia, según Murillo & Duk (2020), la educación remota solo es accesible para aquellos
con alta calidad de equipo e internet en casa. Ruiz Cuéllar (2020) señala que las desigualdades sociales y
educacionales se han agravado, lo que se materializa en la brecha de accesibilidad a la tecnología y la
participación educativa de los padres. Díaz (2016) concluye que el derecho a la educación esgarantizado
por ley, pero la calidad debe mejorarse y reducirse las diferencias territoriales y socioeconómicas. Los
hogares de bajos y medios ingresos tienen niveles de escolarización del 90%, mientras que los de ingresos
altos tienen el 97%.
Durante la pandemia, en el ámbito educativo de la región San Martín se ha evidenciado que los docentes no
pudieron ofrecer todo su potencial debido a las carencias en materia tecnológica, la falta de consulta con la
dirección regional y las direcciones de las Ugeles en la planificación y ejecución de normativas técnicas, lo
que ha repercutido en la calidad educativa y ha vulnerado el derecho a la educación de los niños de la
región. Por lo tanto, el propósito de este estudio es determinar el nivel de acceso al derecho a la educación
en las clases no presenciales en las instituciones de educación primaria. Otras dificultades surgidas es que
el derecho a la educación incluye también elementos asociados a la salud y la alimentación, que los sistemas
de salud y el Ministerio de Inclusión Social no han tomado en cuenta, así Ticona et al. (2021) mencionan
que poco más de la mitad de los estudiantes de una entidad educativa de Tarapoto presentan condiciones
de estrés y ansiedad como parte de la educación virtual, generando que no alcancen los logros de las
competencias académicas.
1.1. El derecho a la educación
La educación está considerada, como un derecho humano universal, que tiene que ser garantizado en todo
lugar y momento, de manera independiente a las circunstancias y contexto, donde también son incluidos
los escenarios de emergencias (UNESCO, 2015). Siendo un derecho fundamental inherente a todo ser
humano le debe permitir la adquisición de conocimientos y así lograr una vida socialmente plena. El
derecho a la educación es primordial para un desarrollo económico, cultural y social de la sociedad en su
conjunto, aun cuando en la actualidad siga siendo no accesible para millones de niños en todo el orbe
(UNESCO, 2018).
Los objetivos que incorpora la educación está la plenitud del desarrollo personal y la dignidad, las
capacidades para ser partícipes de forma efectiva en la sociedad y el fomento del respeto a los derechos
humanos según lo señalado Pacto de Derechos Económicos, Culturales y Sociales a nivel internacional
(Red-DESC, 2018). De acuerdo con el Artículo de la Ley 28044 - Ley General de Educación, la educación
como derecho se define como “derecho fundamental de la persona y de la sociedad”. El Estado da garantías
para ejercitar el derecho a una educación de calidad e integral para todos y donde la educación básica es
universal. La sociedad tiene el imperativo de ser parte de la educación y está garantizado el derecho a ser
partícipes de su desarrollo.
1.2. Elementos de la educación como derecho
Un primer elemento lo constituye la disponibilidad, que se configura en la medida que exista oferta
educativa que presente una diversidad de opciones según los grupos etarios, y para aquellos con
condiciones especiales, lo que en tiempos de la COVID-19 se han visto restringidos en, por ejemplo, para
aquellos sistemas educativos basados en modelos productivos o para aquellos con discapacidades. Es decir
debe existir de manera efectiva los programas, el centro educativo y el servicio, con las mínimas
condiciones para su operatividad (Espinosa Brilla, 2021).
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Un segundo elemento es la accesibilidad, condición que permite poner al alcance de todos los servicios de
la educación, debiendo garantizarse su gratuidad, sus criterios de inclusión y tener a su vez una
universalización, dotándose a las escuelas de medios y materiales para que su acceso sea lo más efectivo,
que para el caso de la educación a distancia, que se doten de la conectividad de comunicación. Esto también
implica desplegar intervenciones institucionales para eliminar las barreras y obstáculos de forma que se
posibilite el otorgar condiciones para reconocer el derecho a la individualidad de cada estudiante.
El tercer elemento corresponde a la adaptabilidad, donde la educación debe contar con una currícula
flexible y de igual forma en la parte administrativa, que sea capaz de incluir a todas las personas de acuerdo
a sus prioridades y necesidades (Hernandez et al., 2020) y el cuarto elemento es la aceptabilidad, pues los
sistemas educativos necesitan contar con calidad y ser eficientes, debiendo además de poder ofertar
diferentes metodologías y planes de estudios de acuerdo con los escenarios culturales de cada zona
(Álvarez-Pérez & López-Aguilar, 2020).
2. MATERIALES Y MÉTODOS
La investigación se realizó en la ciudad de Tarapoto, ubicada en la provincia y región de San Martín, con
un enfoque institucional, centrado en las entidades educativas de nivel primario pertenecientes a la Unidad
de Gestión Educativa Local de San Martín (UGEL-SM).
El diseño de investigación fue tipo aplicada, descriptiva y con diseño no experimental, donde la población
estudiada estuvo constituida por los directores de 28 I.E. del nivel primario de la ciudad de Tarapoto, el
tamaño de la muestra fue asumido por el criterio de conveniencia que fue igual al total de directores de las
instituciones educativas, que suman en total 28 instituciones; por consiguiente, no fue necesario que se
aplique ningún criterio estadístico para determinar la muestra, así como tampoco elementos de inclusión
o exclusión, teniendo solo como premisa que el director labore en cualquiera de las entidades educativas
primarias, la muestra del tipo censal, donde fue aplicado la técnica de la encuesta y como instrumento el
cuestionario, donde los datos de campo fueron analizados empleando los estadísticos de tendencia central
(medias y porcentajes) y el análisis empleando el método explicativo para inferir las relaciones de
causalidad de los indicadores con el total de la variable o lo observado por cada condición del estudio sobre
el total de la población.
Análisis de datos, para el analizar los datos partieron en primer lugar por ubicar el listado de directores de
las instituciones educativas que conformaron la muestra, para que a partir de ello obtener los permisos
para la aplicación de la encuesta.
Luego de la aplicación de la encuesta, los valores cuantitativos se resumieron en tablas y gráficos que se
aplicaron en el procesador de Excel y sobre ello comparar los resultados para inferir las hipótesis que se
plantearon. En la misma encuesta, la variable evaluada fue el derecho a la educación, en donde las
dimensiones presentadas fueron las estrategias empleadas y también los elementos del derecho a la
educación en tiempos de emergencia, para la validez y confiabilidad de la información recibida se aplicaron
los siguientes principios, el primero de autonomía, en el que se permitió que a los directores que
participaron del estudio determinen su intervención luego de deliberar la información presentada, el
segundo principio fue de beneficencia, el que promovió actuar con responsabilidad y defensa de los
intereses de los participantes de estudio, en donde la información es presentada con la reserva del nombre
del participante y de la entidad educativa, y finalmente el tercer principio, fue el de justicia, en donde a
todos los participantes se les brindó un trato con dignidad e iguales consideraciones de respeto a sus
derechos.
El método empleado fue el explicativo, el que se utilizó para que sea inferida la información recolectada
sobre la base de las vinculaciones existentes entre lo manifestado por los encuestados y lo expresado en el
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marco teórico y los antecedentes de la investigación, y de forma complementaria el Método Inductivo, para
que sirvió para efectuar inferencias desde el escenario particular de cada entidad educativa sobre el
universo de entidades.
3. RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Los valores expresados en la Tabla 1, nos muestran las estrategias educativas empleadas en las clases no
presenciales en las instituciones educativas primarias:
Tabla 1.
Estrategias educativas empleadas en las clases no presenciales
Ítem
Detalle
%
1
Estrategia en formatos virtuales
28
100,0%
2
Estrategias en medios masivos
4
14,3%
3
Estrategias de uso de medios impresos
5
17,9%
4
Estrategia semipresencial
0
0,0%
El 100% de los docentes emplean en sus clases no presenciales estrategias en formatos virtuales, lo que
implica que están usando alguna consideración de las tecnologías de la información (tutoriales web,
WhatsApp, zoom, meet), un 14,3% emplea estrategias en medios masivos y estrategias de medios
presenciales en un 17,9%%, demostrando que en algunas instituciones educativas no existe una sólo
estrategia, y al no existir esta uniformidad, implica la existencia de discrecionalidad del acceso a la
educación desde el punto de vista de la estrategia empleada, lo que genera que no sean aprovechados todos
elementos disponibles para optimizar y tener una mejor calidad educativa, contribuyendo con ello a la
afectación del derecho a la educación en las entidades educativas primarias - Tarapoto, 2020.
Los valores expresados en la Tabla 2, nos muestran medios electrónicos empleados por alumnos para el
acceso a la educación en las instituciones educativas primarias:
Tabla 2.
Medios electrónicos empleados por alumnos para el acceso a la educación
Detalle
%
Televisión
14
50,0%
Radio
4
14,3%
Computador
17
60,7%
Celular
23
82,1%
Tablet
6
21,4%
En la Tabla 2, los medios electrónicos empleados por alumnos para el acceso a la educación en su institución
educativa durante la pandemia de la COVID 19, se tiene que un 82,1% emplea celular, 60,7% computador,
21,4% Tablet, 50,0% televisión y 14,3% radio.
Desarrollar estrategias mediante formatos virtuales no estandarizados o simplemente como una forma de
interface entre el profesor y el alumno, tal como ocurre cuando se emplea el zoom o meet, o en algunos
casos sólo el WhatsApp, implica que las rúbricas educativas planteadas muestran diferencias en su
implementación y su logro no pueden ser verificadas en cuanto a su cumplimiento, mucho más cuando los
procesos de seguimiento y monitoreo de las acciones desarrolladas por los docentes tienen un nivel muy
bajo de cobertura, corroborando lo mencionado por Murillo & Duk (2020) que dicen que, la educación no
es uniforme para todos en tiempos de pandemia, porque los programas y actuaciones que los procesos
ofertan a la mayoría son inaccesibles para ellos; y a lo cual se adiciona lo dicho por Ruiz Cuéllar (2020) que
dice que, las capacidades diferenciales de diferentes tipos de escuelas para dar soporte al aprendizaje de
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6 Rev. Cient. Ratio. Iure. 3(2): e542; (Jul-Dic, 2023). e-ISSN: 2810-8159
sus alumnos de manera remota, constituye una forma de exclusión hacia los más desfavorecidos, en
especial a los sectores pobres.
Desde la perspectiva del derecho, cualquier inequidad en el acceso a los servicios, implica que no se cumpla
con los estándares de calidad educativa que inspira el derecho internacional de protección del derecho de
los niños y niñas a la educación desarrollados principalmente en la Declaración Universal de los Derechos
Humanos, y ratificada por González Álvarez (2012) así el derecho a la educación asume un rol decisivo,
siendo condición irrenunciables para posibilitar y dar capacitación a la persona en el ejercicio de los otros
Derechos Humanos que le son inherentes.
En lo referido a los medios electrónicos empleados por los alumnos para acceder a la educación en su
institución educativa durante la pandemia, se evidencia que ninguno de los medios alcanza un 100% de
uso, así el medio más empleado es el celular con 82,1%, seguido del computador con 60,7% y la televisión
con 50,0%, y en menor medida la radio con 14,3% y la Tablet con 21,4%, resultados que nos demuestra
que no existe un óptimo acceso los medios disponibles, limitando el acceso a la educación, que lo
sustentamos en la medida que el celular al ser empleado por cerca de 8 de cada 10 estudiantes y el
computador para 6 de cada 10 estudiantes, implica que si bien pueden tener acceso a estos medios
electrónicos, esta disponibilidad no ocurre para todas las sesiones del aprendizaje, por tanto no puede
desarrollar de forma cabal todas las acciones que se encomiendan, mucho más cuando tiene otros
miembros de la familia estudiando en el mismo horario, siendo esta consideración ya advertida por la
UNESCO (2020) que las limitantes de la educación virtual son las brechas de acceso a internet y no contar
con computadores o tablets los alumnos y profesores para las clases, sumados a la pobreza que agudiza
todos estos elementos.
Estas condiciones donde no todos los alumnos tienen un acceso uniforme a todas las herramientas
informáticas, de por sí, ya genera un brecha social del acceso a la educación, haciéndolo más equitativo, y
siendo el escenario donde se supone por no corresponder a escenarios de ruralidad, se puede inferir que
todavía estamos muy lejos de una buena cobertura de la educación en tiempos de COVID desde las
herramientas que permitan su acceso, siendo esto congruente con lo manifestado Ruiz Cuéllar (2020) quien
dice que, la desigualdad educativa y social se ha agudizado en los escenarios actuales y que se ve
materializada en la brecha para acceder a las tecnologías de acuerdo con el nivel socioeconómico de los
hogares, donde no todos tienen el mismo punto de partida ni poseen las mismas capacidades y recursos
para ejecutarlo con efectividad.
Desde el punto de vista del derecho, podemos decir que no se cumple con los compromisos del Estado
Peruano de garantizar una educación de calidad y sin exclusión de ninguna naturaleza, de acuerdo con lo
estipulado de forma concreta en el Decreto Supremo N°011-2012-ED (2012), que dice que el Estado tiene
las siguientes obligaciones de dar una educación asequible, accesible, adaptable y aceptable donde el
Ministerio de Educación establece el conjunto de condicionantes, procedimientos e insumos para
garantizar este derecho; condiciones que, para el caso en estudio no se cumple de manera equitativa.
Tabla 3.
Elementos del derecho a la educación en tiempos de emergencia en el desarrollo de las clases no presenciales
Ítem
Indicador
Muy
deficiente
Deficiente
Regular
Eficiente
Muy
eficiente
1
Estrategia educativa
21,4%
46,4%
28,6%
3,6%
0,0%
2
Desarrollo de las estrategias para
minimizar la exclusión social
25,0%
50,0%
21,4%
3,6%
0,0%
3
Igualdad de oportunidades que ofrece
la estrategia educativa empleada
28,6%
50,0%
21,4%
0,0%
0,0%
4
Conocimiento de los docentes sobre el
uso de las herramientas digitales
0,0%
21,4%
46,4%
25,0%
7,1%
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5
Apoyo de los padres de familia en el
desarrollo de las clases no presenciales
10,7%
32,1%
50,0%
7,1%
0,0%
6
Acceso de los docentes con
herramientas para la enseñanza-
aprendizaje
3,6%
28,6%
42,9%
17,9%
7,1%
7
Implementación de programas
complementarios de salud,
alimentación y prevención de violencia
familiar
7,1%
28,6%
50,0%
14,3%
0,0%
8
Implementación de programas de
monitoreo del alcance educativo
10,7%
35,7%
46,4%
7,1%
0,0%
9
Promedio
13,4%
36,6%
38,4%
9,8%
1,8%
Los valores que se observan nos indican que los niveles de la calidad (eficiente y muy eficiente) en todos
los casos a excepción de dos de ellos no supera el 15%, y el promedio alcanza 11,6%, es decir
aproximadamente 9 de cada 10 estudiantes no vienen recibiendo los elementos del derecho a la educación
acordes a los criterios de las clases no presenciales en tiempos de emergencia, lo que no indica que se viene
vulnerado los criterios de equidad en el acceso a la educación en las instituciones educativas primarias de
Tarapoto, ocasionado por falencias en la estrategia educativa, disponibilidad de recursos para la enseñanza,
capacidades de los docentes, poco apoyo de los padres de familia y del sector educación, siendo esto
congruente con lo indicado por Murillo & Duk (2020) que indica que poco más del 57% de las familias
tienen están conectados a la red fija y los profesores tienen dificultades para manejar las tecnologías con
enfoques pedagógicos, así como para el diseño de acciones del aprendizaje en escenarios virtuales.
Esto evidencia que no solo implica diseñar políticas públicas, definir leyes, reglamentos o directivas para
que los estudiantes tengan un adecuado acceso a la educación, sino que estas deben ser plasmadas en la
realidad práctica a partir de su operativización en los entornos educativos, siendo esto congruente con lo
indicado por Gobbo Coin (2017) quien sostiene que, quedó evidenciado que las políticas y el material
didáctico que son utilizados en las escuelas no están ajustadas a las realidades que son vividas en la
actualidad mundial, los niños reciben contenidos básicos requeridos de manera insuficiente para su
desenvolvimiento en el futuro y así obtener mejores oportunidades para su desarrollo.
Tabla 4.
Nivel de acceso al derecho a la educación de las clases no presenciales, desde la asistencia escolar
Concluyen año escolar
%
Sin deserción
25,0%
Igual o mayor a 98,0%
21,4%
Entre 95,0% - 97,9%
28,6%
Entre 90,0% - 94,9%
3,6%
Entre 85,0% - 89,9%
3,6%
Entre 75,0% - 84,9%
17,9%
Menor a 75%
0,0%
Promedio
95,1%
Tabla 5.
Nivel de acceso al derecho a la educación de las clases no presenciales, desde los componentes de la educación
virtual
Ítem
Indicadores
Promedio %
1
Estrategias educativas utilizadas
3,57%
2
Acceso a equipos para la educación virtual
25,00%
3
Acceso a los elementos de la educación virtual
11,61%
El nivel de acceso al derecho a la educación de las clases no presenciales en las instituciones educativas
primarias - Tarapoto, 2020, desde la asistencia escolar, fue de 95,1%, es decir cerca de 5 de cada 100%
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abandonaron las clases educativas antes de concluir el año escolar, valor que es ligeramente mayor al
promedio nacional que según MINEDU para el año 2020 fue de 4,5%.
Lo referido al nivel de acceso al derecho a la educación de las clases no presenciales en las instituciones
educativas primarias - Tarapoto, 2020, desde los componentes de la educación virtual, que valora los
aspectos cualitativos del derecho a la educación, nos indica que para ninguno de las tres dimensiones
evaluadas, que son las estrategias educativas utilizadas, el acceso a equipos para educación virtual y el
acceso a los elementos de la educación virtual, los alumnos no vienen teniendo las condiciones mínimas de
calidad para que este derecho sea disfrutado, siendo esto contrario a lo afirmado por la Vela Velarde (2018)
que dice que, la educación no debe ser considerado únicamente como un derecho fundamental, sino que
también siendo un derecho de rango constitucional tiene que ser democratizado un número mayor de
estudiantes; donde el estado democrático que asiste al derecho la educación se cumplido como más allá de
aspiraciones de tipo personal que pueda poseer el educando, pues la educación contribuye al disfrute y
goce de otros derechos fundamentales relacionados.
En función a las estrategias que se emplean para el desarrollo de las clases no presenciales el 3,57% logra
implementarlas de forma cabal, para todos los componentes que ello implica, condición que se agrava
cuando solo el 25,0% de los docentes tiene acceso a equipos para la educación virtual de forma adecuada,
y mucho más grave aun cuando sólo el 11,61% de los alumnos reciben un contenido de los elementos de la
educación virtual de manera óptimas, siendo esto contrario a lo indicado por UNESCO (2020) que dice que
en tiempos de crisis se debe garantizar la continuidad de la educación, y para ello existen intervenciones y
respuestas concretas de educación remota o a distancia que permiten su operativización, entendidas estas,
como un conglomerado de acciones sectoriales para dar continuidad de forma remota, en el hogar, a los
procesos de la enseñanza y el aprendizaje que se definen en el currículo oficial y/u otras intervenciones de
promoción cultura y socioeducativas (UNESCO, 2020).
4. CONCLUSIONES
Se concluye que no existe uniformidad con respecto a las estrategias empleadas por las instituciones
educativas primarias a pesar de que los docentes realizaron sus clases de manera no presencial utilizando
diferentes medios electrónicos, lo que impide que los elementos al derecho a la educación sean
aprovechados en su totalidad por los estudiantes de las instituciones educativas primarias de la ciudad de
Tarapoto.
Los elementos del derecho a la educación en tiempos de emergencia en el desarrollo de las clases no
presenciales en las instituciones educativas primarias Tarapoto, 2020, logra valores promedio de muy
deficiente con 13,4%, deficiente con 36,6%, regular con 38,4%, eficiente con 9,8% y muy eficiente con 1,8%,
confirmándose la hipótesis presentada.
El nivel de acceso al derecho a la educación de las clases no presenciales en las instituciones educativas
primarias - Tarapoto, 2020, con los datos desde la asistencia escolar, fue de 95,1%, es decir cerca de 5 de
cada 100 estudiantes abandonaron las clases educativas antes de concluir el año escolar, y, finalmente, los
componentes de la educación virtual señalan que no se está brindando las condiciones mínimas de calidad
para el disfrute de este derecho fundamental siendo totalmente vulnerado, además, no se garantiza la
continuidad educativa, teniendo un nivel de acceso al derecho a la educación deficiente.
FINANCIAMIENTO
Universidad Nacional de San Martín a través del Instituto de Investigación y Desarrollo con Resolución
N°802-2021-UNSM/CU-R.
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CONFLICTO DE INTERESES
No existe ningún tipo de conflicto de interés relacionado con la materia del trabajo.
CONTRIBUCIÓN DE LOS AUTORES
Conceptualización, curación de datos, análisis formal, investigación, metodología, validación, redacción -
borrador original, redacción - revisión y edición: Valles-López, I.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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